El Gobierno Municipal de Juana Díaz ha determinado que las siguientes propiedades son estorbos públicos, debido a las condiciones físicas en que se encuentran. Se declaran estorbo público luego de una notificación y declaración preliminar
enviada por correo certificado (para esas propie- dades con direcciones postales disponibles), por correo regular (correspondencia no reclamada o devuelta al remitente), la colocación de dicha notificación en sitio conspicuo en el lugar afectado, un aviso público en un periódico regional y uno digital, reuniones comunitarias y varias rondas de vistas administrativas sin comparecencia y/o acción de parte de sus dueños(as), poseedores o personas con interés. La acción del Municipio se ampara en la Ley 107-2020, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, y el Reglamento para el Manejo de Estorbos Públicos, aprobado por la Legislatura Municipal de Juana Díaz mediante la Ordenanza Núm. 30, Serie 2024-2025.

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Listado de Estorbos Públicos
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Reglamento Estorbos Públicos
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Ordenanza Reglamento Estorbos Públicos
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Ordenanza Subastas Estorbos Públicos
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